miércoles, 26 de noviembre de 2008

18 ENERO DEL 2.009 PRIMERA ASAMBLEA ASOCIACION.

Antes de hablar de la próxima asamblea que tendrá nuestra Asociación, me gustaría aclarar a aquellas personas el motivo por el cual se nombro una Junta Gestora de esta asociación, Amigos de los Exploradores de Lorca.
Para ello, me gustaría citar integramente el articulo 5 y 6 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
En estos artículos se cita:
Artículo 5. Acuerdo de constitución.

1. Las asociaciones se constituyen mediante acuerdo de tres o más personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que se comprometen a poner en común conocimientos, medios y actividades para conseguir unas finalidades lícitas, comunes, de interés general o particular, y se dotan de los Estatutos que rigen el funcionamiento de la asociación.

2. El acuerdo de constitución, que incluirá la aprobación de los Estatutos, habrá de formalizarse mediante acta fundacional, en documento público o privado. Con el otorgamiento del acta adquirirá la asociación su personalidad jurídica y la plena capacidad de obrar, sin perjuicio de la necesidad de su inscripción a los efectos del artículo 10.

3. Lo establecido en este artículo se aplicará también para la constitución de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones.

Artículo 6. Acta fundacional.

1. El acta fundacional ha de contener:

El nombre y apellidos de los promotores de la asociación si son personas físicas, la denominación o razón social si son personas jurídicas, y, en ambos casos, la nacionalidad y el domicilio.
La voluntad de los promotores de constituir una asociación, los pactos que, en su caso, hubiesen establecido y la denominación de ésta.

Los Estatutos aprobados que regirán el funcionamiento de la asociación, cuyo contenido se ajustará a las prescripciones del artículo siguiente.

Lugar y fecha de otorgamiento del acta, y firma de los promotores, o de sus representantes en el caso de personas jurídicas.

La designación de los integrantes de los órganos provisionales de gobierno.
Una vez aclarado este punto, me gustaría emplazaros al 18 de enero del 2.009, a las 11:00 h. de la mañana.
Ese día se realizara la oportuna asamblea, el orden del día se os facilitara con el fin de promover el dialogo, la discusión, etc.
Si me gustaría hacer un llamamiento, nos gustaría hacer un llamamiento de la JUNTA GESTORA DE ESTA ASOCIACIÓN a todas aquellas personas interesadas en pertenecer a la futura JUNTA DIRECTIVA, que sera elegida en la Asamblea del próximo mes de enero.

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